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Hungría
Preguntas frecuentes relacionadas al reclamo de la ciudadanía húngara
EuroPasaporte América ha ayudado exitosamente a sus clientes a recuperar su ciudadanía húngara sin perder su ciudadanía original.
¿Quienes tienen el derecho a la nacionalidad húngara?
- Los hijos y nietos de un padre o abuelo húngaro que pueda probar con un pasaporte húngaro u otro documento oficial que era ciudadano de Hungría después del 1 de Septiembre de 1929.
Note que si el nieto es el interesado en reclamar la ciudadanía y:
- Su padre es el hijo del ciudadano húngaro, entonces sin restricción adicional podrá recuperar la ciudadanía.
- Su madre es la hija del ciudadano húngaro, entonces el nieto tiene que haber nacido después del 1 de Octubre de 1957 para recuperar la ciudadanía.
- Los hijos e hijas nacidos antes del 1 de Octubre de 1957 de una madre húngara que pueda probar con un pasaporte húngaro u otro documento oficial que su madre era ciudadana de Hungría después del 1 de Septiembre de 1929.
- Los hijos y nietos nacidos después del 1 de Octubre de 1957 de una madre húngara aún, cuando la madre no haya recuperado su ciudadanía.
¿Se transmite la ciudadanía una vez que es recuperada?
En la mayoría de los casos, una vez que una persona recupere su ciudadanía, sus hijos podrán recuperarla una vez reciba su decreto de nacionalidad.
¿Cónyuges?
Los cónyuges de los ciudadanos húngaros no reciben automáticamente la ciudadanía.
¿Qué se necesita documentación?
Documentos húngaros originales tales como:
- Pasaportes emitidos o válidos por lo menos el 1 de Septiembre de 1929.
- Certificados de nacimiento emitidos después del 1 de Septiembre de 1929.
- Certificados de matrimonio emitidos después del 1 de Septiembre de 1929.
- Cartillas del servicio militar emitidas después del 1 de Septiembre de 1929.
- Otro tipo de documentos que prueben la ciudadanía que hayan sido emitidos después del 1 de Septiembre de 1929.
¿Hay obligaciones?
- Impuestos: No. Siempre y cuando no establezca su residencia en la Unión Europea.
- Militares: No obligatorio.
- Voto: Sí. Una vez registrado en Embajadas o Consulados.
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